2/23/13


Arte y Moral. La profunda actualidad del decreto conciliar 'Inter Mirifica'

Rodolfo Papa


Es común escuchar o leer afirmaciones que describen el arte como una actividad desvinculada de toda regla y sobre todo es presentada como independiente de los principios morales, y muchas veces estas posiciones son sostenidas también por artistas (pintores, escultores, músicos, arquitectos) que se declaran católicos. Sin embargo, puede ser argumentado de varios modos que el hacer del arte está siempre ligado al obrar moral. Son suficientes unas buenas nociones de filosofía para resolver fácilmente la cuestión1, pero es también muy interesante y enriquecedor recurrir a la lectura de algunos fragmentos de los documentos del Concilio Ecuménico Vaticano II para disipar esa perniciosa convicción de que los “derechos del arte” no tienen ninguna relación con las “normas de la ley moral”.
Leamos, entonces, atentamente el artículo 6 del Decreto sobre los medios de comunicación social Inter Mirifica promulgado el 4 de diciembre de 1963, que textualmente dice: “La segunda cuestión se refiere a las relaciones entre los derechos del arte –como se suele decir- y las normas de la ley moral. Como la multiplicación de controversias sobre este argumento no pocas veces traen aparejadas doctrinas erróneas en materia de ética y estética, el Concilio proclama que el primado del orden moral objetivo debe ser respetado absolutamente por todos. Este orden es el único que supera y armoniza todas las formas de la actividad humana, por nobles que sean, incluso las actividades artísticas. De hecho, solo el orden moral sumerge al hombre en la totalidad de su ser criatura de Dios dotada de inteligencia y llamada a un fin sobrenatural. Este mismo orden moral si es íntegra y fielmente observado, lleva al hombre a alcanzar la perfección y la plenitud de la felicidad” (IM, 6).
Por tanto, el decreto conciliar afirma que hay que cuidarse de doctrinas erróneas en materia de ética y estética, pues el primado del orden moral objetivo debe ser respetado absolutamente por todos. Es muy fácil comprender cómo la cuestión está relacionada con los medios de comunicación social, porque muchas veces doctrinas erróneas en materia de ética son transmitidas a través de ficciones, filmes, talkshows, tanto que la atención crítica en la confrontación de los mensajes televisivos y telemáticos se torna difusa. Al contrario, el hecho de que en el mismo horizonte moral se coloquen también cuestiones en materia de estética es un aspecto todavía no comprendido por algunos, y es justamente esto lo que hace del decreto Inter Mirifica un texto absolutamente extraordinario, todavía capaz de decir cosas nuevas. De hecho, el verdadero centro del parágrafo 6 está en el hecho de colocar el problema estético en el contexto de los medios de comunicación social, y analizar los derechos del arte en las cuestiones morales. El Concilio decididamente no afirma que la Iglesia deba someterse a las imposiciones del mundo contemporáneo en el campo moral, y tampoco en el estético, más bien afirma con firmeza lo contrario, es decir, que hay que cuidarse de las doctrinas erróneas en ambos campos, analizándolas con atención y tomando distancia cuando éstas resultasen erróneas, falsas o peligrosas.
Existe un inmenso patrimonio de estudio, investigaciones y reflexiones sobre la problemática ética en el mundo contemporáneo: baste pensar en las cuestiones concernientes a la moral sexual, o las aplicaciones tecnológicas, o la problemática bioética o las referentes a los jurídicos de las personas desde la concepción hasta la muerte. Tal vez, quede mucho por hacer todavía en el ámbito del estudio y reflexión sobre cuestiones estéticas y artísticas, para comprender cuáles sean en la contemporaneidad las doctrinas erróneas en materia de estética. En efecto, como se ha mencionado al principio, muchos son los que piensan que no pueden existir doctrinas erróneas en materia de estética.
La virtud, practicada y cultivada, es instrumento eficaz en la edificación del hombre y el arte está entre las actividades humanas que, en la práctica de la misma virtud, tiene la misión de mostrar el esplendor de la verdad mediante la belleza. Muchas veces se confunde el plano de los derechos del arte con la libertad de salir del plano de los principios morales; pero al contrario, el arte, por tener como tarea e interés específicos la belleza, no puede no preocuparse por las conexiones con la verdad y la bondad. En esta perspectiva, el Decreto Inter Mirifica afirma que el orden moral objetivo es el único que puede superar y armonizar todas las diversas formas de actividad humana, por nobles que sean, incluso las expresiones artísticas. Es el orden del bien el que unifica toda actividad humana, y el arte no puede constituir una excepción.
Sobre este punto el Catecismo de la Iglesia Católica en la tercera parte, sección segunda, cuando se refiere a los mandamientos, analizando el octavo “No pronunciar falso testimonio”, ofrece una profunda reflexión poniendo en relación este mandamiento moral con la verdad afirmada y la belleza, mostrando el ligamen entre la verdad y el bien, y entre el arte y la verdad afirmada. Dice así: “La práctica del bien acompaña a un placer espiritual gratuito y a la belleza moral. Del mismo modo, la verdad entraña el gozo y el esplendor de la belleza espiritual. La verdad es bella en sí misma. Al hombre, dotado de inteligencia le es necesaria la verdad de la palabra, expresión racional del conocimiento de la realidad creada e increada; pero la verdad puede también encontrar otras formas de expresión humana, complementarias, sobre todo cuando se trata de evocar aquello que esta tiene de inexpresable, la profundidad del corazón humano, la elevación del alma, el misterio de Dios”2. Y también: “El hombre expresa la verdad de su relación con Dios Creador también mediante la belleza de las propias obras artísticas […] Como toda otra actividad humana, el arte no tiene en sí el propio fin absoluto, sino que está ordenado al fin último del hombre y lo ennoblece”3.
De allí que no puede existir un derecho absoluto del arte que pueda permitir cualquier cosa en nombre de la necesidad artística, y por lo tanto, de esto deriva como afirma del Decreto Inter Mirifica, que existen teorías estéticas erróneas y que no es necesario someterse a ellas de ningún modo. Por otra parte, es evidente que este discurso tiene una particular validez en la aplicación al ámbito del arte sacro.
El Catecismo de la Iglesia Católica profundiza el discurso sobre la cuestión artística dando indicaciones precisas sobre la naturaleza del arte sacro. De hecho leemos: El arte sacro es verdadero y bello cuando en su forma corresponde a la vocación que le es propia: evocar y glorificar en la fe y en la adoración, el misterio trascendente de Dios, belleza excelsa de verdad y amor, manifestada en Cristo “irradiación de su gloria e impronta de su sustancia” (Heb 1,3), en quien “habita corporalmente toda la plenitud de la divinidad” (Col 2,9), belleza espiritual reflejada en la Santísima Virgen María, los ángeles y los santos. El auténtico arte sacro conduce al hombre a la adoración, a la oración y al amor de Dios Creador y Salvador, Santo y Santificador”4.
Y muy oportunamente dispone que “los obispos, personalmente o por medio de delegados, deben preocuparse por promover el arte sacro, antiguo y moderno, en todas sus formas, y con el mismo celo, distanciar de la liturgia y de los edificios de culto, todo aquello que no es conforme a la verdad de la fe y a la auténtica belleza del arte sacro”5.
Experto del XIII Sínodo de los Obispos, docente de Historia de las teorías estéticas, Pontificia Universidad Urbaniana, artista, académico pontificio.
Traducción del italiano del padre Pedro Gómez OSB.
1 Cfr. R.Papa, Discorsi sull’arte sacra, Cantagalli, Siena 2012, pp. 167-184.
2 C.C.C. 2500
3 C.C.C. 2501
4 C.C.C. 2502
5 C.C.C. 2503