...y ganar indulgencias.
La Santa Sede, como sucedió el año pasado a causa de la pandemia, ha establecido mediante un decreto emitido por la penitenciaría apostólica la extensión a todo el mes de noviembre de las Indulgencias Plenarias por los fieles difuntos. Como es conocido, la Iglesia concede indulgencias a aquellos que en los 8 días posteriores a la Solemnidad de Todos los Santos, visiten los cementerios rezando por los difuntos, y el 2 de noviembre, en concreto, la visita a una iglesia u oratorio rezando el Padrenuestro y el Credo.
El Cardenal Penitenciario Mayor, Mauro Piacenza, comentó en una entrevista que se trata de una «forma de devoción muy sentida, que se expresa participando en la Misa y visitando los cementerios», y por ello, para que la gente pueda diluir sus visitas sin crear una multitud, «se ha decidido diluir en el tiempo la posibilidad de utilizar las indulgencias, y así durante todo el mes de noviembre se podrá adquirir lo previsto para los primeros 8 días de noviembre».
«La penitenciaria apostólica» se lee en el decreto, «habiendo escuchado las diversas instancias recibidas recientemente de varios Sagrados Pastores de la Iglesia, a causa del estado actual de la pandemia, confirma y extiende para todo el mes de noviembre de 2021 todos los beneficios espirituales ya concedidos el 22 de octubre de 2020, mediante el Decreto Prot. N. 791/20/I con el que, debido a la pandemia del Covid-19, se prorrogaban las Indulgencias Plenarias por los fieles difuntos para todo el mes de noviembre de 2020».
El decreto también afirma que «de la renovada generosidad de la Iglesia, los fieles sacarán ciertamente intenciones piadosas y vigor espiritual para dirigir su vida según la ley evangélica, en filial comunión y devoción al Sumo Pontífice, fundamento visible y Pastor de la Iglesia Católica».
Según el Catecismo de la Iglesia Católica, la indulgencia es “la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos”.
Dios perdona sus pecados a aquellos que tras haber cometido un pecado, se arrepienten por medio del sacramento de la confesión. Sin embargo, queda una «responsabilidad pendiente» por las consecuencias que el pecado haya tenido para la misma persona o para otras, o incluso para la sociedad en general. Esta consecuencia se llama «pena temporal» y es una deuda que persiste y que hay que saldar ya sea en esta vida o en el Purgatorio.
Es entonces cuando la Iglesia, administradora de la redención, puede conceder indulgencias que pueden suprimir plenamente o parcialmente (dependiendo si se trata de una indulgencia plenaria o parcial) esta pena temporal por los pecados cometidos y confesados hasta ese momento.
Fuente: omnesmag.com